1.- ¿QUE ES LA LEY DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MEDIO RURAL?
OBJETIVO: La mejora de la situación socioeconómica de la población de las zonas rurales y el acceso a unos servicios públicos suficientes y de calidad para mejorar las condiciones de vida de los habitantes del medio rural, a través del desarrollo de los servicios y de todos los recursos propios del territorio.
En 2007, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural (Ley 45/2007), que establece las bases de una política rural adaptada a las condiciones económicas, sociales y medioambientales particulares del medio rural español, mediante la acción concertada de la Administración General del Estado y de las demás administraciones; en particular, de las Comunidades Autónomas.
La Ley define el medio rural como el espacio geográfico formado por la agregación de municipios o entidades locales menores con una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a 100 habitantes por Km2.
El Instrumento base para llevar a la práctica esta nueva política rural española es el Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014, impulsado por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM).
El Programa define la estrategia y los objetivos de desarrollo rural, las zonas rurales donde se aplicará, las medidas, el marco de actuación y de colaboración de cada Administración y el sistema para evaluar el cumplimiento de los objetivos.
2.- PRINCIPALES ÁMBITOS DE ACTUACIÓN
3.- ARAGÓN, UN TERRITORIO RURAL
El 42% de la población aragonesa vive en el medio rural.
Nuestra densidad de población es 3 veces menor que la nacional.
Por todo ello, la aplicación de esta Ley permitirá a Aragón obtener importantes recursos para el desarrollo sostenible del medio rural, la calidad de vida y la vertebración del territorio.
El Gobierno de Aragón ha aprobado el Decreto 84/2010, de 11 de mayo, en el que se establece el marco organizativo para la aplicación de la Ley en nuestra Comunidad Autónoma.
La coordinación de todas las acciones corresponde a los departamentos de Presidencia y de Medio Ambiente.
4.- TIPOS DE ZONAS RURALES
La Ley divide las Zonas Rurales en tres tipos, según sus características:
A REVITALIZAR | INTERMEDIAS | PERIURBANAS |
Escasa densidad de población, elevada significación de la actividad agraria, bajos niveles de renta y un importante aislamiento geográfico o dificultades de vertebración territorial. | Baja o media densidad de población, empleo diversificado entre el sector primario, secundario y terciario. Bajos o medios niveles de renta y distantes del área directa de influencia de los grandes núcleos urbanos. | Población creciente, predominio del empleo en el sector terciario, niveles medios o altos de renta y situadas en entorno de áreas urbanas o áreas densamente pobladas. |
4.- TIPOS DE ZONAS RURALES
La Ley divide las Zonas Rurales en tres tipos, según sus características:
Dentro de la apuesta de Aragón por la Comarcalización, se ha establecido que las Comarcas sean la base de la delimitación de las zonas rurales de Aragón. Es decir, que cada Comarca sea una Zona Rural a efectos de esta Ley.
Esta adaptación al modelo comarcal de Aragón aporta muchas ventajas:
Según sus características, las Comarcas de Aragón quedan divididas del siguiente modo, según la calificación que reciben las zonas rurales.
5.- ¿QUÉ SON LOS PLANES DE ZONA RURAL?
En su elaboración, participarán las entidades locales, la población y los agentes del territorio. Todo ello queda articulado a través de un protocolo y un convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón, con participación de las Comarcas.
En esos documentos se detallan los compromisos financieros hasta el 2014 y se fijan los Planes de Zona con todas las actuaciones concretas. Estos Planes de Zona deberán ser aprobados por el Gobierno de Aragón y la Administración General del Estado.
6.- CON LA MÁXIMA PARTICIPACIÓN SOCIAL
El Consejo para el Medio Rural de Aragón es el máximo órgano de coordinación, cooperación, participación y consulta en esta materia, en la que están representados el Gobierno de Aragón, todos los grupos políticos con representación en las Cortes de Aragón, Diputaciones Provinciales, las Comarcas, Administración General del Estado, la Red Aragonesa de Desarrollo Rural, el Consejo Económico y Social de Aragón y el Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón.
Entre otras funciones, le corresponde proponer al Gobierno de Aragón la aprobación de los Planes de Zona, elaborar criterios comunes y evaluar la puesta en práctica del Programa de Desarrollo Rural Sostenible en Aragón.
El Comité Comarcal para el Desarrollo Rural es un órgano para la coordinación entre las distintas administraciones y de participación de los agentes económicos y sociales de la zona.
Cada Comité Comarcal para el Desarrollo Rural está integrado por representantes de todos los partidos presentes en su respectivo Consejo Comarcal, organizaciones profesionales agrarias, asociaciones de conservación de la naturaleza, asociaciones empresariales, organizaciones sindicales, asociaciones de mujeres, de jóvenes y de personas mayores, además de la Diputación Provincial y el Gobierno de Aragón.
Entre sus funciones, figuran la de aprobar la propuesta del Plan de Zona con carácter previo a su remisión al Gobierno de Aragón para su aprobación definitiva, así como realizar el seguimiento y evaluación del Plan de Zona.
7.- 50 MILLONES EN PLANES PILOTO
La tercera parte de la inversión de los Planes Piloto se destina a energías renovables, lo que demuestra el compromiso de Aragón frente al cambio climático y la apuesta por un nuevo modelo productivo más sostenible.
8.- UNA GRAN OPORTUNIDAD PARA ARAGÓN
La aplicación de la Ley supone una GRAN OPORTUNIDAD PARA ARAGÓN:
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